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Jueves 25 Abril 2024

 

Por medio de la cual se regula el proceso de adopción de las tarifas educativas por concepto de derechos académicos y servicios complementarios en las Instituciones Educativas Oficiales y en las Instituciones que hacen parte de la contratación para la prestación del servicio  educativo para el año lectivo 2015

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL  GUAVIARE

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 151 de la Ley 115 de 1994,  El artículo 6° de la Ley 715 de 2001 y  el Decreto Nacional 4807 de 2011 y…

 CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 de la Constitución Política de Colombia establece el principio de gratuidad del servicio público educativo estatal, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos, así como la responsabilidad que en relación  con  la educación tiene el Estado, la sociedad y la familia.

Que el artículo 183 de la Ley 115 de 1994 y el numeral 12 del artículo 5 de la Ley 715 de 2001, facultan al Gobierno Nacional para regular las condiciones de costos que puedan hacerse por concepto de derechos académicos en las instituciones educativas del Estado.

Descargar documento adjunto

 

Por la cual se establecen directrices, criterios, procedimientos y el cronograma del proceso de matrícula, definición de la oferta y atención a la demanda de cupos escolares en los niveles de preescolar, básica y media de las instituciones y centros educativos de carácter oficial del Departamento del Guaviare, para el año 2015 y se dictan otras disposiciones

LA SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL DEL GUAVIARE, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES, Y…

CONSIDERANDO

Que, la educación es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Política de Colombia y un servicio público que cumple una función social, a cargo del Estado, la Sociedad y la familia, la cual es obligatoria entre los cinco y quince (15) años de edad y comprende como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

Que, el artículo 6 de la Constitución Política, expresa que los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

 

Descargar documento adjunto: Cronograma Proceso de Matrícula 2015 - 2016

POR. MEDIO DEL CUAL SE ORGANIZA EL PROCESO DE Evaluación ANUAL de DESEMPEÑO LABORAL 2014 DIRIGIDO A DOCENTES y DIRECTIVOS DOCENTES VINCULADOS AL DEPARTAMENTO DEL Guaviare  REGIDOS POR EL DECRETO Ley 1278 DE 2002 Y EL DECRETO 3782 DE 2007.

El Secretario de educación departamental del Guaviare en uso de sus atribuciones legales y en especiales las conferidas por las leyes 115 de 1994 y 715 del 2001, sus decretos reglamentarios y

CONSIDERANDO

A. Que la Constitución Política de Colombia, artículo 67 señala que “le corresponde al Estado velar por la calidad de la educación, el cumplimiento de los fines de la educación y por la mejor formación moral, intelectual y física de los estudiantes.”

Para ver la resolución completa click aqui