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Jueves 25 Abril 2024

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la ley 115 de 1994, ley 715 de 2001, Decreto 1075.

 CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.4.3.4.1. Del Decreto 1075 de 2015 establece: Calendario académico. Atendiendo las condiciones económicas regionales, las tradiciones de las instituciones educativas y de acuerdo con los criterios establecidos en el presente Título, las entidades territoriales certificadas expedirán cada año y por una sola vez, el calendario académico para todos los establecimientos educativos estatales de su jurisdicción, que determine las fechas precisas de iniciación y finalización de las siguientes actividades:

1. Para docentes y directivos docentes:

 

a) Cuarenta (40) semanas de trabajo académico con estudiantes, distribuido en dos períodos semestrales;

b) Cinco (5) semanas de actividades de desarrollo institucional; y

c) Siete (7) semanas de vacaciones.

2. Para estudiantes:

a) Cuarenta (40) semanas de trabajo académico, distribuido en dos períodos semestrales;

b) Doce (12) semanas de receso estudiantil.

Que atendiendo los lineamientos establecidos en el Decreto 1075 de 2015, la Secretaria de Educación Departamental del Guaviare adopto a través de la Resolución 1208 de 2016 el Calendario Académico único para el año escolar 2017 una vez se aprobó su viabilidad por parte del Ministerio de Educación Nacional con las siguientes consideraciones:

Para más información dar clic en documento adjunto.

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