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Martes 23 Abril 2024

DE: JORGE ALEXANDER QUEVEDO HERRERA

Secretario de Educación Departamental del Guaviare

PARA: DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES, PERSONAL ADMINISTRATIVO, CONTRATISTAS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION DEPARTAMENTAL, OPERADORES DE ESTRATEGIAS Y DIRECTIVOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PRIVADOS

ASUNTO: MEDIDAS A APLICAR PARA EL MANEJO, CONTROL Y PREVENCION DEL CORONAVIRUS -COVID-19

FECHA: 16 de marzo de 2020

 

Teniendo en cuenta la circular 11 del 9 de marzo de 2020 conjunta MEN -Min salud , " Recomendaciones para la prevención, manejo y control en entorno educativo", Resolución 385 de 12 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, "mediante, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020, con el objeto de prevenir Y controlar la propagación del COVID-19 (Coronavirus)",Circular 19 del Ministerio de Educación Nacional del 14 de Marzo de 2020" Planeación educativa, preparando la respuesta del Sistema educativo ,con estrategias flexibles. 11 y la alocución presidencial del 15 de marzo "Anuncio de suspensión de clases presenciales para la prevención del contagio del coronavirus COVID 19"

La Secretaría de Educación del Departamento del Guaviare, ha venido adelantando instrucciones y recomendaciones a través de circulares con orientaciones sobre la prevención y contención del COVID-19 en las Instituciones Educativas de los Municipios no certificados del Departamento del Guaviare.

Por las condiciones del momento actual y la declaratoria de emergencia sanitaria decretada mediante Resolución 385 del 12 de marzo del 2020, se hace necesario avanzar en la medida de aislamiento social coherente con la situación, la cual se revierta en la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como en el bienestar y la seguridad de toda la comunidad educativa. 

Que, al día de hoy como medida de protección de salud pública, el Gobierno Nacional dispuso declarar: 

1. Las semanas del 16 al 27 de marzo serán de desarrollo Institucional donde los docentes y directivos deberán planear actividades tendientes a preparaciones metodológicas y escenarios flexibles de aprendizaje y planes de estudio que permitan el desarrollo de mecanismos de aprendizaje en casa, en el marco de la emergencia; es importante, subrayar que estas actividades los docentes las podrán hacer desde la casa en coordinación con los directivos de las Instituciones, bajo el compromiso de garantizar la entrega de las actividades respectivas. El Ministerio de Educación nacional ha dispuesto en la plataforma Colombia aprende www.colombiaaprende.edu.co un banco de materiales digitales denominado "Aprender digital: contenidos para todos" , donde se ofrecen más de ochenta mil contenidos educativos que servirán de apoyo para la estructuración de las estrategias pedagógicas de trabajo por fuera de las aulas. 

2. Las semanas del 30 de marzo al 19 de abril del 2020, se tomarán como periodo de vacaciones de los educadores y por lo tanto de receso estudiantil y se retornará al trabajo académico a partir del 20 de abril.

3. Con relación al personal administrativo de los establecimientos educativos y planta central, las decisiones deberán estar en el marco de las recomendaciones conforme a la directiva presidencial 02 del 12 de marzo y de acuerdo a lo que defina la entidad territorial. 

4. Las Instituciones privadas en el marco de su autonomía deberán ajustar su calendario escolar de tal manera que se garantice el derecho de los NNA en consecuencia de esta emergencia de salud pública y, acatando lo dispuesto por el gobierno nacional, el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de salud y protección social. (circular No 020 del 16 de marzo de 2020 -Ministerio de Educación Nacional). 

5. Igualmente, La Secretaria de Educación Departamental reitera el llamado a las familias y comunidad académica a seguir las recomendaciones de higiene, cuidado y autocuidado, emitidas previamente. 

6. Que en desarrollo de estas directrices la secretaria de Educación realizará el ajuste correspondiente a la Resolución de calendario 1528 del 20 de noviembre de 2019, el cual será notificado a los directivos docentes.

7. En razón a que partir del 16 de marzo del presente año, no se atenderá a los niños, niñas y adolescentes en las Instituciones Educativas del departamento del Guaviare, se insta a los supervisores de contratos de las diferentes estrategias aplicadas a que en conjunto con los operadores y prestadores de estos servicios documenten mediante actas la suspensión de los contratos vigentes.

Finalmente, convocamos a toda la comunidad y <;lemás autoridades d ·erritorio, para que asumamos con liderazgo y responsabilidad os cuidados respectivos sí se mitiguen al máximo los riesgos de toda la población de nuestro departamento.

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