PARA: RECTORES Y DIRECTORES RURALES
DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL.
FECHA: ENERO 28 DE 2020
ASUNTO: DEVOLUCIÓN RECURSOS NO EJECUTADOS
La Secretaría de Educación en uso de sus competencias legales y en especial las establecidas en los artículos 2.3.1.6.3.18 y Artículo 2.3.3.1.8.1 del Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educativo, se permite informar a todos los rectores y directores rurales de las instituciones educativas oficiales del Departamento del Guaviare, que aquellos recursos percibidos a través del Fondo de Servicios Educativos por concepto de transferencias realizadas por el Departamento del Guaviare que a 31 de Diciembre de 2019 no hubieren sido ejecutados, deberán ser reintegrados a la tesorería general del departamento antes del 15 de febrero del presente año, los cuales deben ser consignados en la siguiente cuenta:
054-26480-9 DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE- PRESTACIÓN DE SERVICIO DIFERENTE A NÓMINA
La devolución de los recursos deberá hacerse mediante transferencia electrónica.
Como evidencia del cumplimiento de lo aquí estipulado, se deberá enviar oficio a ésta Secretaría anexando:
- Copia o pantallazo de la transacción.
- Relación de la(s) resoluciones de transferencias a las cuales corresponde el monto reintegrado.
Es importante aclararles debe evitarse la adquisición de compromisos, posteriores a la firma de la presente, circular con recursos SGP transferidos por el Departamento del Guaviare durante las vigencias 2019 y anteriores.